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Residencia no Lucrativa (Fondos Propios)

La Residencia no Lucrativa es una autorización que pueden solicitar los extranjeros de terceros países que pretendan residir en España sin realizar actividad laboral, por disponer de suficientes medios económicos.

Actualmente los medios económicos necesarios para la solicitud de este tipo de autorización ascienden aproximadamente a 30.000 € para el solicitante principal + 8000 € para cada uno de sus familiares (dependientes). Estas cantidades deben estar en una cuenta bancaria y deben mostrarse al consulado de forma documental el día de la cita (hay consulados que permiten hacer la demostración  de fondos a través de otras vías, por lo que hay que estudiar caso por caso).

La autorización inicial de residencia temporal tendrá la duración de un año y la vigencia comenzará en la fecha en que se efectúe la entrada en España.

Se podrá renovar la Autorización de Residencia No Lucrativa por periodos de dos años + dos años, hasta adquirir la residencia de larga duración (cinco años).

Los ciudadanos de los países iberoamericanos, Portugal, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y descendientes de sefardíes, después de dos años de residencia legal y continuada en España pueden solicitar la NACIONALIDAD ESPAÑOLA por residencia.

MG International Mobility presta servicios profesionales y confidenciales de asesoramiento para adquirir este tipo de residencia, la cual pasado el primer año, se puede modificar por una residencia con derecho a trabajo por cuenta propia o una residencia con derecho a trabajo cuenta ajena.

Residencia no lucrativa

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