Autorización de residencia al estudiante para búsqueda de empleo – España

Con la creación de la “Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial” en virtud a la disposición adicional decimoséptima, de la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (Disposición adicional incluida en Real Decreto Ley 11/2018 de 31 de Agosto de Transposición de Directivas), entramos en una nueva era cambios en las leyes migratorias en España.

Lo anterior marca un punto de inflexión muy positivo para el colectivo de estudiantes extranjeros en el país, que anteriormente tenían que estudiar durante tres años seguidos en cualquier Institución de enseñanza o Centros Educativos, para poder optar a hacer una modificación de estancia por estudios a una residencia con derecho a trabajo cuenta ajena, si conseguían una oferta de empleo en cualquier empresa, o cuenta propia, si decidían emprender y constituir una empresa en el país.

Estas modificaciones en la Ley las hemos podido ver en la «Disposición adicional decimoséptima de la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, a través de la nueva figura «Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial», siguiendo los siguientes lineamientos (Fuente: BOE):

  1. Una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros, que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.
  2. A tal efecto, el estudiante solicitará una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial en la provincia en la que vaya a residir.
  3. La solicitud en el plazo indicado en el apartado anterior prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. Todo ello, sin perjuicio de la posible incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en que se hubiese incurrido de haber caducado la autorización.
  4. El plazo para resolver esta autorización será de 20 días, transcurridos los cuales se entenderá concedida por silencio administrativo.
  5. Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, podrá estar acompañado por sus familiares en caso de que estos ya le hubiesen acompañado durante su estancia por estudios. Su permanencia estará en todo caso vinculada a la situación del titular de la autorización principal.
  6. Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.»

Lo anterior nos muestra lo evidente: España comienza a tener una estabilidad económica próspera, y actualmente, según las estadísticas, nos estamos quedando sin gente, ya que debido a la crisis económica que comenzó en el año 2008, muchos ciudadanos, tanto españoles como nacionales de terceros países, tuvieron que emigrar, además de que el número de nacimientos en el país es bajo en comparación con otros países.

Con estas nuevas políticas para atraer a Profesionales Altamente Cualificados al país, se busca volver a regenerar la estructura económica, y hacer frente a una de las problemáticas que vendrán en el futuro, la despoblación y la falta de mano de obra cualificada, para poder mantener un sistema de pensiones, ya que dentro de algunos años, nuestro país estará conformado por una mayoría de ancianos, y si no hacemos algo desde ahora, nuestra generación no podrá contar con una estabilidad económica cuando nos toque recibir lo que hemos cotizado.

Desde MG International Mobility ya hemos presentado nuestros primeros tres expedientes de autorización de residencia al estudiante y estamos esperando una resolución.

Trabajar-UE

30 comentarios sobre «Autorización de residencia al estudiante para búsqueda de empleo – España»

  1. Por lo que averigüé… Este nuevo decreto me permitiría estar 12 meses en España luego de haber estudiado un año acá. Pero no me permitiría trabajar, es solo para estar legal en España y no tener q realizar una prórroga de estudios para extender un visado. Es tan así?

    1. Hola Javier es así, te permitiría modificar el estatus de estancia por estudios a residencia pero no te permitiría trabajar de manera automática. En caso de querer trabajar o establecer tu propio negocio, en cualquier momento durante esos 12 meses, podrías hacer una modificación de residencia por estudios a residencia con derecho a trabajo cuenta ajena, cuenta propia, o a través de la Ley 14/2013, de profesionales altamente cualificados. Un saludo,

  2. Hola, muchas gracias por compartir esta publicación, es de mucha utilidad. En el comentario anterior mencionan que en cualquier momento durante ese 12 meses se puede: “hacer una modificación de residencia por estudios a residencia con derecho a trabajo cuenta ajena, cuenta propia, o a través de la Ley 14/2013, de profesionales altamente cualificados”. Agradecería si pudieran elaborar en cuanto al proceso de realizar esto y que tan complicado es esto. ¿En el caso de cuenta ajena, este proceso es responsabilidad de la empresa (el cual tengo entendido no es fácil)?

    Muchas gracias, un saludo.

    1. Hola Horacio, así es es, el procedimiento a llevar a cabo una vez se consigue la residencia al estudiante es el habitual por la Ley 14/2013, de apoyo a emprendedores y su internacionalización, (Profesionales Altamente Cualificados) o por la Ley 4/2000, cuenta ajena o cuenta propia. Realmente son procedimiento que si reunimos los requisitos nos los aprueban con facilidad, pero hay que cumplir con cada requisito que marca la Ley.

  3. He leído que la presentación de documentos para realizar esta solicitud es por vía telemática, sin embargo, por esa vía no aparece la opción correspondiente a la misma. ¿Las solicitudes que habéis introducido ya están aprobadas? ¿Cómo podría contactaros?

    1. Hola Ambar, puedes contactarnos a info@mginternationalmobility.com, y contestaremos a tus preguntas.Te informo que de todos los expedientes que hemos presentado sobre esta Ley aun no hay ninguna resolución, ya que al ser una ley nueva, la Administración está relativamente lenta en cuanto a las concesiones. La ventaja del silencio por parte de la Administración es que es positivo, por lo tanto, todas las solicitudes que tenemos abiertas a día de hoy, serán resueltas favorables por silencio positivo, ya que la Administración no se pronunció a su resolución en el tiempo indicado.

      Cualquier duda que tengas, estamos a tu disposición.

      Un saludo,

  4. A MG International Mobility: buenas tardes.
    Estoy tratando de entender esta Visa si es que técnicamente es eso.
    Tengo proyectado un viaje a España y me gustaría saber cómo tengo que prepararme para la obtención de esa Autorización y si tengo posibilidades.
    Cuáles son los requerimientos para el estudiante: límite de edad, nivel académico … etc.
    Cómo comienzo el proceso?
    Gracias.
    Saludos cordiales.
    Alejandra Severiche.

    1. Hola Alejandra, si estás interesada en que te asesoremos, por favor escríbenos a info@mginternationalmobility.com a fin de asignarte a un asesor encargado de tu proceso. Te indico que esta información es referente a la residencia al estudiante para búsqueda de empleo… es decir, que para poder solicitar esta residencia debes haber terminado tus estudios de Licenciatura o máster en España… en cuanto a poder optar al visado por estudios, lo más importante es tener la aceptación en un Centro de Estudios o Universidad… la ventaja ahora mismo es que el visado de estudiante puede solicitarse desde España, dentro de los 90 días que tienes en 180 para estar en calidad de turista… anteriormente solo podía hacerse de forma consular. El expediente se puede ir preparando y a tu llegada a España hacemos la solicitud. Escríbenos y estaremos encantados de asistirte. Un saludo,

  5. Hola buenas noches,
    que sucede cuando dentro del plazo de 12 mese encuentras trabajo? que seguiria, que se tendria que hacer?

    1. Hola Nahomi, habría que iniciar la solicitud del permiso de residencia y trabajo que más se adapte a la oferte. Puede ser por régimen general o a través de la ley de emprendedores, y habría que seguir el procedimiento marcado en cada Ley.

  6. Hola buenas tardes:
    Tengo una consulta en cuanto a la renovación de mi tarjeta una vez pasan los 20 días de este proceso. Si al final no recibo respuesta, se entiende que el silencio administrativo es positivo, sin embargo mientras consigo trabajo entiendo que tengo que renovar mi NIE, en ese caso,¿que resolución o documento puedo presentar para renovar mi NIE, si solo existe silencio administrativo? ¿Que proceso tengo que hacer mientras consigo trabajo?

    1. Hola Fabiola, el silencio positivo significa que la concesión de la autorización es favorable, por lo que a partir de que se emita la resolución final, tú podrás solicitar tu tarjeta de residencia. Una vez consigues trabajo habría que iniciar la solicitud del permiso de residencia y trabajo que más se adapte a la oferta. Puede ser por régimen general o a través de la ley de emprendedores, y habría que seguir el procedimiento marcado en cada Ley.

  7. Hola Fabiola, el silencio positivo significa que la concesión de la autorización es favorable, por lo que a partir de que se emita la resolución final, tú podrás solicitar tu tarjeta de residencia. Una vez consigues trabajo habría que iniciar la solicitud del permiso de residencia y trabajo que más se adapte a la oferta. Puede ser por régimen general o a través de la ley de emprendedores, y habría que seguir el procedimiento marcado en cada Ley.

  8. Buenas tardes
    Mi nombre es Julio. Estoy en España con visa de estudiante, soy médico graduado de una universidad extranjera. Mi pregunta es, podría solicitar mi permiso de residencia y trabajo con mi licenciatura de médico extranjero (una vez Homologado el título en España) o es exigido haber realizado la licenciatura o máster en España.
    Gracias
    Julio

    1. Hola Julio,

      Este tipo de permiso es para para estudiantes extranjeros que han terminado un curso de licenciatura o máster en España, pero en tu caso, si quieres solicitar directamente una residencia con derecho a trabajo, puedes hacerlo aun cuando hayas hecho la licenciatura fuera de España. Este tipo de residencia, de la que habla el blog, se solicita para que cambies de estatus de estancia a residencia, pero no te permite trabajar. Para poder trabajar, una vez obtienes la residencia al estudiante, tendrás que hacer otra solicitud de una residencia con derecho a trabajo. Por eso te indico que si tu idea es trabajar y tienes un oferta de empleo, podrías hacer la solicitud directamente.

      Cualquier duda, estamos a tu disposición.

      Un saludo,

  9. Buenas noches, Vivo en Colombia, tengo 47 años y hace 2 años estudié un máster presencial en Barcelona lo termine en junio de 2016. con el Real Decreto de agosto puedo solicitar la autorización de
    residencia para la búsqueda de empleo? o debo volver a estudiar?. si tengo que estudiar de nuevo, existe un límite de edad para obtener el permiso de residencia para búsqueda de empleo? ya estaría cerca de los 50 cuando haga la solicitud. Un saludo.

    1. Hola Javier, se debe solicitar una vez has finalizado los estudios y solo dentro de los 90 días posteriores a la caducidad de tu tarjeta de estudiante, por lo tanto, si volvieras a tener una estancia por estudios, un vez que terminaras los estudios podrías solicitar la residencia para búsqueda de empleo.

      No hay límite de edad.

      Un saludo

  10. Buenas noches, Vivo en Colombia, tengo 47 años y hace 2 años estudié un máster presencial en Barcelona lo terminé en junio de 2016. con el Real Decreto de agosto puedo solicitar la autorización de residencia para la búsqueda de empleo? o debo volver a estudiar? si tengo que estudiar de nuevo, existe un límite de edad para obtener el permiso de residencia para búsqueda de empleo? ya estaría cerca de los 50 años cuando haga la solicitud. Un saludo.

    1. Hola Javier, se debe solicitar una vez has finalizado los estudios y solo dentro de los 90 días posteriores a la caducidad de tu tarjeta de estudiante, por lo tanto, si volvieras a tener una estancia por estudios, un vez que terminaras los estudios podrías solicitar la residencia para búsqueda de empleo.

      No hay límite de edad.

      Un saludo

  11. Hola estoy en españa de turista, y acabo de matricularme en un master, con el cambio en el real decreto puedo solicitar la autorización de estancias por estudia inicial, en este precedimiento cómo funciona el silencio administrativo y cuáles son los plazos para dictar resolución por la sin delegación de gobierno

  12. Por favor sı no tengo un accesso al red sara, como puedo presentar mı solıcıtud??
    Una vez presentada como puedo seguırla?
    SI ya tengo el permıso (por resolucıon o sılencıo posıtıvo) puedo solıcıtar un permıso de trabajo emmdıatmente (tengo una offerta).
    muchas gracaıs
    slaudos

    1. Puede presentarla a través de un Asesor Legal con certificado electrónico para hacer las presentaciones. En caso de que ya tenga el permiso concedido, no puede trabajar, ya que esta es una residencia no lucrativa. Para trabajar tendrá que hacer una modificación de permiso de «residencia para búsqueda de empleo» a residencia con derecho a trabajo cuenta ajena, o residencia para profesionales altamente cualificados», lo que se ajuste mejor a su perfil.

  13. buenos días, en mi caso ya pasarn los 20 días y no se cual es el siguiente paso…donde puedo ir o que procedimiento debo seguir? muchas gracias

  14. Terminé mi master y ya tengo una autorizacion de residencia al estudiante para la busqueda de empleo. Ahora he conseguido una oferta de trabajo y quiero obtener la autorizacion de residencia para profesionales altamente cualificados (Ley 14/2013). Estoy reuniendo los requisitos y en uno de ellos dice que se debe acreditar que la entidad o empresa requiere los servicios del profesional altamente cualificados a traves de uno de estos…
    o Ser una gran empresa.
    o Ser una pyme de sector estratégico: Informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones.
    o Desarrollar un proyecto de interés general: Informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones.

    es necesario en realidad acreditar esto o estoy viendo otros requisitos que no son?

    1. Buenas tardes, disculpa que te pregunte, porque medio presentaste la solicitud , dado que estoy tratando de cargar los documentos por la plataforma redsara y no se deja cargar… siempre aparece firmando y no lo hace.
      Por la plataforma mercurio es mas complejo dado que te lleva a diligenciar un formato que no parece ser el que se requiere.

      Yo tengo la firma electronica.

      Gracias por tu respuesta.

  15. Buenos días MG International Mobility me encontré con vuestro Post y no pensé dos veces en preguntar. Quería saber si lo puedo obtener con una residencia caducada desde 2015 obtenida por tener un hijo español. No la había podido renovar por qué no encontraba trabajo pero seguí estudiando. Hice mis estudios de la ESO, BACHILLERATO y ahora solo me falta presentar el proyecto de mi CS DE AUTOMOCION en junio. Y tengo ofertas de trabajo por lo que he estudiado y sin eso no creo que me puedan contratar. Mi pregunta es si podría pedir eso? y cabe destacar que llevo 10años empadronado en españa y en la misma ciudad. Me encantaría trabajar para mantener a mi hijo por favor necesito una respuesta gracias.

  16. MG International Mobility, Buenos días. Hoy me encontré así por casualidad con su Post que me resultó interesante porque estoy buscando solución a mi situación.
    Les cuento: en el 2015 se me caducó mi permiso de residencia por arraigo que me habían otorgado por ser padre de un niño español. He estudiado en españa y estos últimos años también lo que era complicado para mi encontrar trabajo para poder mantener a mi hijo. Me saque la ESO, BACHILLERATO, y CICLO SUPERIOR DE AUTOMOCION que solo me falta presentar el proyecto en junio para obtenerlo. He tenido ofertas de trabajo pero por no tener los papeles en regla no me han podido firmar el contrato. Entonces a buscar soluciones me encontré con ustedes. Me gustaría poder trabajar de lo que haya estudiado porque ofertas no me faltan solo tengo ese inconveniente. Por favor se lo ruego me encantaría que ustedes me digan lo que pueda hacer para poder obtener una residencia. Ya que por mi hijo es complicado ya no estoy con la madre de mi hijo. Un saludo y gracias de ante mano.

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